SANCIONES IMPUESTAS A LOS INVOLUCRADOS EN EL DESVÍO DE MÁS DE OCHO MILLONES DE HUEVOS LIBERADOS
Luego de celebrarse
la vista del juicio oral el 6 de octubre del 2014 en la Sala Segunda de lo
Penal, el Tribunal Provincial Popular de La Habana sentenció a los involucrados
Tomado de Granma
El pasado 13 de
marzo Granma publicó el artículo Los retorcidos caminos del descontrol donde se
informó que 19 ciudadanos, pertenecientes a la Unidad Empresarial de Base Acopio
y Distribución de Huevos Habana y a la Empresa Provincial de Comercio en la capital,
fueron acusados por el desvío de más de ocho millones de huevos liberados, cuya
afectación económica ascendió a 8 907 562 pesos.
Luego de celebrarse
la vista del juicio oral el 6 de octubre del 2014 en la Sala Segunda de lo
Penal, el Tribunal Provincial Popular de La Habana sentenció:
A LUIS ROBERTO
BÁRZAGA SALAZAR y MARÍA REGLA PIS MARTÍNEZ a 15 y siete años de privación de
libertad, respectivamente, por ser autores directos del delito de Falsificación
de Documentos Bancarios y de Comercio como medio a fin para cometer el delito
de Malversación.
A GILBERTO DÍAZ
MOJENA, JUAN JOSÉ DANTÍN LLORENTE y MARGARITA DEL CARMEN QUINTANA RODRÍGUEZ a
11, 10 y 12 años de privación de libertad, respectivamente, por ser autores del
delito de Falsificación de Documentos Bancarios y de Comercio como medio a fin
para cometer el delito de Malversación.
A NGUYEN CRUZ
GONZÁLEZ a ocho años de privación de libertad por ser autor por cooperación
necesaria del delito de Falsificación de Documentos Bancarios y de Comercio
como medio a fin para cometer el delito de Malversación.
A AGUSTÍN ADALBERTO
BAÑOS GONZÁLEZ a siete años de privación de libertad, por ser cómplice del
delito de Malversación.
Mientras JORGE
ANÍBAL BARATA GÓMEZ, JULIO DIDIER PINO BALMORY, VÍCTOR JESÚS ARIAS GERARDO,
LINO JULIÁN MORENO MORENO, IFRAÍN SILOT BROWN y JUAN ELIEZER PERDOMO GONZÁLEZ
fueron sancionados a siete años de privación de libertad, cada uno, por ser
cómplices del delito de Falsificación de Documentos Bancarios y de Comercio como
medio a fin para cometer el delito de Malversación.
Por igual delito
fueron condenados a seis años de privación de libertad, JOAQUÍN RIVERO RAMÍREZ,
VALERY CABALLERO MOREDA, OSMANI ARRASCAETA FLORES y GUSTAVO PÉREZ ACEVEDO.
Entretanto BENITO ORLANDO PÉREZ NÚÑEZ fue sancionado a cinco años y cuatro meses
de privación de libertad.
A todos se les
impuso como sanciones accesorias la privación de derechos y prohibición de
ejercicio de profesión, cargo u oficio acorde con el tiempo de privación de
libertad.
Mientras que a LUIS
ROBERTO BÁRZAGA SALAZAR, MARÍA REGLA PIS MARTÍNEZ, GILBERTO DÍAZ MOJENA, JUAN
JOSÉ DANTÍN LLORENTE, MARGARITA DEL CARMEN QUINTANA RODRÍGUEZ y NGUYEN CRUZ GONZÁLEZ
se les impuso responsabilidad civil consistente en la reparación del daño
material ocasionado.
El acusado EDUARDO
TAMAYO PÉREZ fue declarado absuelto por insuficiencia de pruebas.
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