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sábado, julio 30, 2011

DICTA SENTENCIA EL TRIBUNAL PROVINCIAL DE LA HABANA CONTRA EXDIRECTIVOS Y EXFUNCIONARIOS DEL INSTITUTO DE LA AERONÁUTICA CIVIL DE CUBA Y DE EMPRESA COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS

Tomado de Granma

La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana, sancionó por delitos asociados a actos de corrupción a varios directivos, funcionarios y empleados de entidades de Cubana de Aviación S.A. y de Empresa Comercializadora de Productos Farmacéuticos, quienes recibieron dinero y otros beneficios para favorecer en las negociaciones a entidades extranjeras en perjuicio de las propias empresas cubanas.

En correspondencia con la gravedad de estos hechos por las cuantiosas pérdidas a la economía y el deterioro de los valores éticos de los acusados, así como el grado de responsabilidad de cada uno de ellos y sus antecedentes de conducta, el tribunal consideró como autores de delitos de Cohecho de carácter continuado e impuso a JOSÉ HERIBERTO PRIETO FERRER, quien se desempeñó como Director de Carga de Cubana de Aviación, la sanción de 13 años de privación de libertad; AMNERYS DE LA CUESTA CÓRDOVA, que ejerció las responsabilidades de Subdirectora Comercial, Directora adjunta y Directora de Carga de la misma entidad, 10 años de privación de libertad y a MERCEDES RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, exSubdirectora de Gestión de Ventas de la Empresa Cubana de Aviación, 10 años de privación de libertad.

Asimismo, se le impuso la sanción de 6 años de privación de libertad a los acusados EMILIO GONZÁLEZ FARRAT, exDirector Comercial de la Corporación de la Aviación Civil S.A (CACSA); PEDRO CÉSAR MEDINA NÚÑEZ, exDirector Adjunto de Carga de Cubana de Aviación y a INDIRA LEZCANO TRIANA, exDirectora de la Unidad Económica Básica Comercial de la Empresa AEROVARADERO S.A.

También fue sancionado a 10 años de privación de libertad el acusado JAIR RODRÍGUEZ MARTÍN, exJefe del Departamento de Exportaciones de la Empresa Comercializadora de Productos Biotecnológicos y Farmacéuticos HEBER BIOTEC S.A; y a 3 años de privación de libertad a EDAMIR MEDINA MÉNDEZ, Técnico en exportaciones de esta misma entidad.

El Tribunal consideró igualmente responsables del delito de Cohecho de carácter continuado y les impuso las sanciones de 7 y 6 años de privación de libertad a ALEXEY CRESPO GUTIÉRREZ y a MARÍA ANTONIA LÓPEZ GONZÁLEZ, Gerente y Subgerente Comercial de la Sucursal extranjera CARIBE CARGO S.A., respectivamente. Estos dos encartados se encuentran sujetos a otro proceso penal pendiente de sentencia por hechos asociados a actos de corrupción.

La Sala aplicó también las sanciones accesorias de confiscación de los bienes y dinero adquiridos por los acusados como resultado de su actividad delictiva, y de prohibición del ejercicio de las profesiones, cargos u oficios que desempeñaban al momento de los hechos.

Los acusados ejercieron el derecho a la defensa y contaron con las garantías establecidas en la legislación procesal penal, mientras los abogados aportaron y expusieron ante el tribunal los argumentos y elementos que consideraron pertinentes.

Contra la decisión judicial, tanto los acusados como el Fiscal, pueden establecer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular.

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